Seguridad Alimentaria - Personal de Inspectoría

Seguridad Alimentaria - Personal de Inspectoría:
Vea también: CREDENCIAL DE INSPECTORES DE SEGURIDAD ALIMENTARIA
Sr. Comerciante: RECUERDE

Obligaciones del inpsector:
1- Debe identificarse con la correspondiente credencial con foto, nombre y apellido, N° de DNI y N° de legajo, emitida por la dirección correspondiente.
2- Debe portar planilla de parte diario, sellada por la dirección correspondiente, que consigne zona, fecha de día y nombre del agente municipal.
3- Debe firmar el libro de registro de inspectores del local, aclarando nombre, apellido, N° de legajo, fecha y registrar las novedades que correspondan.

Facultades del inspector:
1- Una vez identificado, el comerciante deberá faciliar la documentación inherente a la habilitación, condiciones sanitarias del local y documentación de productos a la venta.
2- El comerciante deberá facilitar el acceso al local.
3- Faciliar el libro de registros de inspectores.

IMPORTANTE
Ningún inspector está autorizado a recibir dinero o mercancía.
Los cánones municipales, se abonan solamente en las direcciones correspondientes por caja. Solicite recibo oficial.
Ante alguna irregularidad, su colaboración es importante. Denúnciela.>

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